Primero, fue presentado el expediente SCM-JDC-1366/2024 promovido por un ciudadano para controvertir la sentencia emitida por el TET, a través de la que se confirmó la determinación de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena mediante la que se desechó la queja del actor por presentarse fuera del plazo establecido en la normativa del partido y al considerarse que la autoridad jurisdiccional local sí se pronunció respecto a los elementos de prueba del actor, las magistraturas integrantes de la SRCDMX confirmaron la sentencia.
Por otra parte, en el juicio de la ciudadanía SCM-JDC-1330/2024, promovido contra la resolución que desechó el TET el medio de impugnación por falta de interés en el registro de una candidatura, se estimaron infundados e ineficaces los agravios presentados porque el TET analizó el asunto y explicó su determinación, de esta forma, con independencia de los razonamientos del tribunal local, se confirmó la sentencia impugnada.
El medio de impugnación promovido por el Partido Redes Sociales Progresistas Tlaxcala, identificado con el número SCM-JRC-60/2024, en contra de la resolución del TET que confirmó el acuerdo del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) que aprobó la solicitud de registro de un candidato a diputado local por el principio de mayoría relativa bajo la figura de elección consecutivo, al señalar que la autoridad jurisdiccional local no consideró que la postulación violenta la Constitución, la resolución de la SRCDMX concluyó que “sí resulta procedente la elección consecutiva de diputaciones cuando se realice por el mismo partido o cualquiera de los que fueron integrantes de las coaliciones en la elección anterior”, circunstancia que se cumple en este asunto, por lo que se confirmó la resolución impugnada.
En el juicio SCM-JRC-54/2024 para controvertir la sentencia que el TET emitió para llevar a cabo la verificación de elegibilidad de las candidaturas propietarias y suplentes, al cargo de Diputaciones Locales por el principio de Mayoría Relativa de la Coalición Fuerza y Corazón por Tlaxcala, aquellas correspondientes al PRI, así como en los juicios SCM-JRC-56 al 59, 61 y 62 /2024 y acumulados, mediante los que se impugnó la resolución que el TET que confirmó el acuerdo ITE-CG 105/2024 emitido por el Consejo General del del ITE para aprobar la solicitud de registro de candidaturas a diputaciones locales por el principio de mayoría relativa presentadas por la candidatura común denominada “SIGAMOS HACIENDO HISTORIA EN TLAXCALA”, para el proceso electoral local ordinario 2023-2024 se ordenó realizar el engrose por mayoría y se confirmó la sentencia del tribunal local con la emisión de voto particular de la Magistrada Presidenta, María Silva Rojas, en ambos asuntos. (Boletín)