Los Derechos de las Audiencias
- Detalles
Los derechos de las audiencias están plasmados en el Código de Ética de la institución, entre ellos se enumeran aspectos como:
- Recibir contenidos que reflejen el pluralismo ideológico, político, social y cultural y lingüístico de la Nación;
- Recibir programación oportuna que incluya diferentes géneros que respondan a la expresión de la diversidad y pluralidad de ideas y opiniones que fortalezcan la vida democrática de la sociedad;
- Que los concesionarios se abstengan de transmitir publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa;
- Que se respeten los horarios de los programas y que se avisen con oportunidad los cambios a la misma y se incluyan avisos parentales;
- Ejercer el derecho de réplica, en términos de la ley reglamentaria;
- Que se mantenga la misma calidad y niveles de audio y video durante la programación, incluidos los espacios publicitarios;
- En la prestación de los servicios de radiodifusión y televisión estará prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas;
- El respeto de los derechos humanos, el interés superior de la niñez, la igualdad de género y la no discriminación;
- Realizar observaciones, quejas, peticiones respecto a los contenidos y programación que se transmiten en los medios a través de un defensor de las audiencias.
Mayor información: (Código de Ética)