Luego de tomar protesta como Presidente, Lino Noe Montiel, recordó que desde el inicio de funciones del TET, ha formado parte de su estructura, primero como Secretario de Acuerdos y desde hace poco más de un año como Magistrado por Ministerio de Ley, tiempo en el que reconoció el privilegio al diálogo y consensos entre quienes han integrado las áreas jurisdiccionales y administrativas, para lograr la consolidación de la autoridad jurisdiccional.
Al asumir su Presidencia a partir de este 1 de febrero, expresó su compromiso con las autoridades electorales locales y federales para mantener la comunicación, coordinación y colaboración necesaria para el pronto y correcto desahogo de los asuntos que a cada uno corresponda de acuerdo con su competencia en beneficio de la ciudadanía.
Por su parte, la Magistrada Presidenta saliente, Claudia Salvador Angel, en su último discurso oficial, reconoció el trabajo institucional de quienes la acompañaron en el Pleno a lo largo de su periodo al frente del TET, así como al personal jurisdiccional, administrativo, por el apoyo institucional brindado.
En este sentido, mencionó que recibió una institución fortalecida, en cuyo periodo como Presidenta logró consolidar proyectos como el Juicio en Línea, la puesta en marcha del Sistema de asignación aleatoria de turnos y el fortalecimiento del contacto con la ciudadanía.
Cabe señalar que, previo a esta sesión especial, se convocó a una extraordinaria para la atención de tres expedientes, en la que fue modificado el Acuerdo ITE-CG-107/2023, mediante el cual se aprobaron los Lineamientos que deberán observar los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes y candidaturas independientes para el registro de candidaturas a los distintos cargos de elección popular para el Proceso Electoral Local Ordinario 2023- 2024.
En cumplimiento a la sentencia emitida por la Sala Regional Ciudad de México (SRCDMX) del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que revocó parcialmente la sentencia emitida en su momento por el TET, a partir del acuerdo plenario aprobado, se ordenó al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) la modificación del acuerdo y de los Lineamientos en cuestión, a efecto de que el requisito consistente en que las personas aspirantes a una candidatura indígena puedan acreditar su autoadscipción calificada a través de alguna documental emitida por autoridades eclesiásticas, no se requiera para no transgredir el principio de laicidad previsto en la Constitución.
Por otra parte, el asunto por un excandidato a la presidencia de comunidad de Santa Apolonia Teacalco, a fin de controvertir la elección por usos y costumbres para la titularidad de dicho cargo, celebrada el pasado 06 de enero, fue reencauzado a Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano; mientras que la sentencia definitiva dictada en el expediente TET-JDC-015/2023 y acumulados se dio por cumplida en su totalidad, ya que el ITE dio cumplimiento a lo ordenad por esta autoridad Jurisdiccional. (Boletín)